Cuando tu matrimonio no puede seguir, Cristo se hace indispensable.
Discurso que pronunció Juan Pablo II el 30 de enero, con ocasión de la apertura del año judicial del Tribunal de la Rota romana, ante los prelados auditores, promotores de justicia, defensores del vínculo, oficiales de la cancillería y abogados de dicho Tribunal.
Discurso del 30 de enero de 2003 a la Rota romana
El origen de la crisis del matrimonio
1. La solemne inauguración del año judicial del Tribunal de la Rota romana me ofrece la oportunidad de renovar la expresión de mi aprecio y mi gratitud por vuestro trabajo, amadísimos prelados auditores, promotores de justicia, defensores del vínculo, oficiales y abogados. Agradezco cordialmente al monseñor decano los sentimientos que ha manifestado en nombre de todos y las reflexiones que ha hecho sobre la naturaleza y los fines de vuestro trabajo.
La actividad de vuestro tribunal ha sido siempre muy apreciada por mis venerados predecesores, los cuales han subrayado sin cesar que administrar la justicia en la Rota romana constituye una participación directa en un aspecto importante de las funciones del Pastor de la Iglesia universal.
De ahí el valor particular, en el ámbito eclesial, de vuestras decisiones, que constituyen, como afirmé en la «Pastor bonus», un punto de referencia seguro y concreto para la administración de la justicia en la Iglesia (cf. art. 126).
Dignidad de sacramento
2. Teniendo presente el marcado predominio de las causas de nulidad de matrimonio remitidas a la Rota, el monseñor decano ha destacado la profunda crisis que afecta actualmente al matrimonio y a la familia. Un dato importante que brota del estudio de las causas es el ofuscamiento entre los contrayentes de lo que conlleva, en la celebración del matrimonio cristiano, la sacramentalidad del mismo, descuidada hoy con mucha frecuencia en su significado íntimo, en su intrínseco valor sobrenatural y en sus efectos positivos sobre la vida conyugal.
Después de haber hablado en los años precedentes de la dimensión natural del matrimonio, quisiera hoy atraer vuestra atención hacia la peculiar relación que el matrimonio de los bautizados tiene con el misterio de Dios, una relación que, en la Alianza nueva y definitiva en Cristo, asume la dignidad de sacramento.
La dimensión natural y la relación con Dios no son dos aspectos yuxtapuestos; al contrario, están unidos tan íntimamente como la verdad sobre el hombre y la verdad sobre Dios. Este tema me interesa particularmente: vuelvo a él en este contexto, entre otras cosas, porque la perspectiva de la comunión del hombre con Dios es muy útil, más aún, es necesaria para la actividad misma de los jueces, de los abogados y de todos los agentes del derecho en la Iglesia.
Dimensión trascendente
3. El nexo entre la secularización y la crisis del matrimonio y de la familia es muy evidente. La crisis sobre el sentido de Dios y sobre el sentido del bien y del mal moral ha llegado a ofuscar el conocimiento de los principios básicos del matrimonio mismo y de la familia que en él se funda. Para una recuperación efectiva de la verdad en este campo, es preciso redescubrir la dimensión trascendente que es intrínseca a la verdad plena sobre el matrimonio y sobre la familia, superando toda dicotomía orientada a separar los aspectos profanos de los religiosos, como si existieran dos matrimonios: uno profano y otro sagrado.
«Creó Dios al ser humano a imagen suya, a imagen de Dios lo creó, varón y hembra los creó» (Gn 1, 27). La imagen de Dios se encuentra también en la dualidad hombre-mujer y en su comunión interpersonal. Por eso, la trascendencia es inherente al ser mismo del matrimonio, ya desde el principio, porque lo es en la misma distinción natural entre el hombre y la mujer en el orden de la creación. Al ser "una sola carne" (Gn 2, 24), el hombre y la mujer, tanto en su ayuda recíproca como en su fecundidad, participan en algo sagrado y religioso, como puso muy bien de relieve, refiriéndose a la conciencia de los pueblos antiguos sobre el matrimonio, la encíclica «Arcanum divinae sapientiae» de mi predecesor León XIII (10 de febrero de 1880, en «Leonis XIII P.M. Acta», vol. II, p. 22). Al respecto, afirmaba que el matrimonio "desde el principio ha sido casi un figura («adumbratio») de la encarnación del Verbo de Dios" (ib.). En el estado de inocencia originaria, Adán y Eva tenían ya el don sobrenatural de la gracia. De este modo, antes de que la encarnación del Verbo se realizara históricamente, su eficacia de santidad ya actuaba en la humanidad.
El plan original de Dios restablecido por Jesús
4. Lamentablemente, por efecto del pecado original, lo que es natural en la relación entre el hombre y la mujer corre el riesgo de vivirse de un modo no conforme al plan y a la voluntad de Dios, y alejarse de Dios implica de por sí una deshumanización proporcional de todas las relaciones familiares. Pero en la "plenitud de los tiempos", Jesús mismo restableció el designio primordial sobre el matrimonio (cf. Mt 19, 1-12), y así, en el estado de naturaleza redimida, la unión entre el hombre y la mujer no sólo puede recobrar la santidad originaria, liberándose del pecado, sino que también queda insertada realmente en el mismo misterio de la alianza de Cristo con la Iglesia.
La carta de san Pablo a los Efesios vincula la narración del Génesis con este misterio: "Por eso deja el hombre a su padre y a su madre y se une a su mujer, y se hacen una sola carne" (Gn 2, 24). "Gran misterio es este; lo digo con respecto a Cristo y a la Iglesia" (Ef 5, 32). El nexo intrínseco entre el matrimonio, instituido al principio, y la unión del Verbo encarnado con la Iglesia se muestra en toda su eficacia salvífica mediante el concepto de sacramento. El concilio Vaticano II expresa esta verdad de fe desde el punto de vista de las mismas personas casadas: "Los esposos cristianos, con la fuerza del sacramento del matrimonio, por el que representan y participan del misterio de la unidad y del amor fecundo entre Cristo y su Iglesia (cf. Ef 5, 32), se ayudan mutuamente a santificarse con la vida matrimonial y con la acogida y educación de los hijos. Por eso tienen en su modo y estado de vida su carisma propio dentro del pueblo de Dios" (Lumen gentium, 11). Inmediatamente después, el Concilio presenta la unión entre el orden natural y el orden sobrenatural también con referencia a la familia, inseparable del matrimonio y considerada como "iglesia doméstica" (cf. ib.).
La fidelidad de Dios
5. La vida y la reflexión cristiana encuentran en esta verdad una fuente inagotable de luz. En efecto, la sacramentalidad del matrimonio constituye una senda fecunda para penetrar en el misterio de las relaciones entre la naturaleza humana y la gracia. En el hecho de que el mismo matrimonio del principio haya llegado a ser en la nueva Ley signo e instrumento de la gracia de Cristo se manifiesta claramente la trascendencia constitutiva de todo lo que pertenece al ser de la persona humana y, en particular, a su índole relacional natural según la distinción y la complementariedad entre el hombre y la mujer. Lo humano y lo divino se entrelazan de modo admirable.
La mentalidad actual, fuertemente secularizada, tiende a afirmar los valores humanos de la institución familiar separándolos de los valores religiosos y proclamándolos totalmente autónomos de Dios. Sugestionada por los modelos de vida propuestos con demasiada frecuencia por los medios de comunicación social, se pregunta: "¿Por que un cónyuge debe ser siempre fiel al otro?", y esta pregunta se transforma en duda existencial en las situaciones críticas. Las dificultades matrimoniales pueden ser de diferentes tipos, pero todas desembocan al final en un problema de amor. Por eso, la pregunta anterior se puede volver a formular así: ¿Por qué es preciso amar siempre al otro, incluso cuando muchos motivos, aparentemente justificados, inducirían a dejarlo?
Se pueden dar muchas respuestas, entre las cuales, sin duda alguna, tienen mucha fuerza el bien de los hijos y el bien de la sociedad entera, pero la respuesta más radical pasa ante todo por el reconocimiento de la objetividad del hecho de ser esposos, considerado como don recíproco, hecho posible y avalado por Dios mismo. Por eso, la razón última del deber de amor fiel es la que está en la base de la alianza divina con el hombre: ¡Dios es fiel! Por consiguiente, para hacer posible la fidelidad de corazón al propio cónyuge, incluso en los casos más duros, es necesario recurrir a Dios, con la certeza de recibir su ayuda. Por lo demás, la senda de la fidelidad mutua pasa por la apertura a la caridad de Cristo, que "disculpa sin límites, cree sin límites, espera sin límites, aguanta sin límites" (1 Co 13, 7). En todo matrimonio se hace presente el misterio de la redención, realizada mediante una participación real en la cruz del Salvador, según la paradoja cristiana que une la felicidad a la aceptación del dolor con espíritu de fe.
Sentido religioso
6. De estos principios se pueden sacar muchas consecuencias prácticas, de índole pastoral, moral y jurídica. Me limito a enunciar algunas, relacionadas de modo especial con vuestra actividad judicial.
Ante todo, no podéis olvidar nunca que tenéis en vuestras manos el gran misterio del que habla san Pablo (cf. Ef 5, 32), tanto cuando se trata de un sacramento en sentido estricto, como cuando ese matrimonio lleva en sí la índole sagrada del principio, pues está llamado a convertirse en sacramento mediante el bautismo de los dos esposos. La consideración de la sacramentalidad pone de relieve la trascendencia de vuestra función, el vínculo que la une operativamente a la economía salvífica. Por consiguiente, el sentido religioso debe impregnar todo vuestro trabajo. Desde los estudios científicos sobre esta materia hasta la actividad diaria en la administración de la justicia, no hay espacio en la Iglesia para una visión meramente inmanente y profana del matrimonio, simplemente porque esta visión no es verdadera ni teológica ni jurídicamente.
Apoyar siempre al matrimonio y a la familia
7. Desde esta perspectiva es preciso, por ejemplo, tomar muy en serio la obligación que el canon 1676 impone formalmente al juez de favorecer o buscar activamente la posible convalidación del matrimonio y la reconciliación. Como es natural, la misma actitud de apoyo al matrimonio y a la familia debe reinar antes del recurso a los tribunales: en la asistencia pastoral hay que iluminar pacientemente las conciencias con la verdad sobre el deber trascendente de la fidelidad, presentada de modo favorable y atractivo. En la obra que se realiza con vistas a una superación positiva de los conflictos matrimoniales, y en la ayuda a los fieles en situación matrimonial irregular, es preciso crear una sinergia que implique a todos en la Iglesia: a los pastores de almas, a los juristas, a los expertos en ciencias psicológicas y psiquiátricas, así como a los demás fieles, de modo particular a los casados y con experiencia de vida. Todos deben tener presente que se trata de una realidad sagrada y de una cuestión que atañe a la salvación de las almas.
Sólo existe un modelo de matrimonio
8. La importancia de la sacramentalidad del matrimonio, y la necesidad de la fe para conocer y vivir plenamente esta dimensión, podrían también dar lugar a algunos equívocos, tanto en la admisión al matrimonio como en el juicio sobre su validez. La Iglesia no rechaza la celebración del matrimonio a quien está bien dispuesto, aunque esté imperfectamente preparado desde el punto de vista sobrenatural, con tal de que tenga la recta intención de casarse según la realidad natural del matrimonio. En efecto, no se puede configurar, junto al matrimonio natural, otro modelo de matrimonio cristiano con requisitos sobrenaturales específicos.
No se debe olvidar esta verdad en el momento de delimitar la exclusión de la sacramentalidad (cf. canon 1101, 2) y el error determinante acerca de la dignidad sacramental (cf. canon 1099) como posibles motivos de nulidad. En ambos casos es decisivo tener presente que una actitud de los contrayentes que no tenga en cuenta la dimensión sobrenatural en el matrimonio puede anularlo sólo si niega su validez en el plano natural, en el que se sitúa el mismo signo sacramental. La Iglesia católica ha reconocido siempre los matrimonios entre no bautizados, que se convierten en sacramento cristiano mediante el bautismo de los esposos, y no tiene dudas sobre la validez del matrimonio de un católico con una persona no bautizada, si se celebra con la debida dispensa.
La protección de María
9. Al término de este encuentro, mi pensamiento se dirige a los esposos y a las familias, para invocar sobre ellos la protección de la Virgen. También en esta ocasión me complace repetir la exhortación que les dirigí en la carta apostólica Rosarium Virginis Mariae: "La familia que reza unida, permanece unida. El santo rosario, por antigua tradición, es una oración que se presta particularmente para reunir a la familia" (n. 41).
A todos vosotros, queridos prelados auditores, oficiales y abogados de la Rota romana, os imparto con afecto mi bendición.
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